Por qué comprobar el saldo de un contingente
Un contingente arancelario permite la entrada en la UE de una cantidad limitada de mercancías con un derecho reducido o nulo durante un período. La mayoría se gestionan por orden de llegada: se asignan en el orden de aceptación de las declaraciones y, agotada la cantidad, se aplica el derecho normal.
Algunos contingentes se agotan a los pocos días de iniciarse el período. Un tipo leído en el extracto mensual del TARIC puede haber desaparecido cuando llega la mercancía: lo que decide es el saldo.
Qué le dice la base QUOTA
- El saldo todavía disponible, su unidad y el volumen del período, con la cantidad trasladada del período anterior si la hay.
- El estado: abierto, señalado como crítico por la Comisión, bloqueado (hay un período de bloqueo o de suspensión en curso) o agotado.
- Las cantidades solicitadas y aún no asignadas, a título indicativo, la fecha de la última asignación y las fechas del período.
Los contingentes gestionados mediante certificados de importación, por la Dirección General de Agricultura o por una autoridad nacional no figuran en esta base: la herramienta indica entonces que el número es desconocido en ella.
Preguntas frecuentes
¿Es gratuita la herramienta?
Sí. El número de orden solo se envía a la base QUOTA de la Comisión Europea cuando inicia la búsqueda, y no se guarda en nuestras bases de datos. Cada saldo se conserva unas horas y se muestra siempre con la hora de su lectura.
¿Dónde encuentro el número de orden de un contingente?
En la declaración en aduana (casilla 39 del documento único administrativo, dato 4/16 «número de orden del contingente») o en el TARIC. También puede buscar por código aduanero y origen: la herramienta enumera entonces los contingentes del TARIC que se les aplican.
Si el saldo es elevado, ¿está garantizado el tipo del contingente?
No. Un saldo es una instantánea, ni una reserva ni una promesa: el contingente puede agotarse entre su lectura y la aceptación de su declaración, las cantidades solicitadas y aún no asignadas todavía no se han deducido, y la prueba de origen o el certificado que exige el contingente deben seguir siendo válidos. Solo la aduana concede el contingente. Un contingente señalado como «crítico» por la Comisión puede agotarse rápido: léalo de nuevo justo antes de declarar.
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